La Corte Internacional de Justicia (CIJ) celebra audiencias públicas en los procedimientos consultivos - Estado de Palestina

El 19 de febrero de 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió su segunda opinión consultiva en dos décadas, respondiendo a una solicitud de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) sobre cuestiones relacionadas con el territorio palestino ocupado. La CIJ, entre otros temas, se enfrentó a las siguientes preguntas:

"(a) ¿Cuáles son las consecuencias legales derivadas de la continua violación por parte de Israel del derecho del pueblo palestino a la autodeterminación, de su prolongada ocupación, asentamiento y anexión del territorio palestino ocupado desde 1967, incluidas las medidas destinadas a alterar la composición demográfica, el carácter y el estatus de la Santa Ciudad de Jerusalén, y de su adopción de legislación y medidas discriminatorias relacionadas?" y "(b) ¿Cómo afectan las políticas y prácticas de Israel mencionadas en el párrafo 18 (a) anterior al estatus legal de la ocupación, y cuáles son las consecuencias legales que se derivan para todos los Estados y las Naciones Unidas de este estatus?".

Las audiencias, que se llevaron a cabo desde el 19 hasta el 26 de febrero, observaron a 52 estados presentando argumentos sobre las consecuencias legales de la ocupación de Israel en los territorios Palestinos.

Palestina

La declaración del Ministro de Relaciones Exteriores de Palestina, Riyad Al-Maliki, comenzó enfatizando la situación humanitaria multifacética y atroz que enfrentan los Palestinos, subrayando los desafíos generalizados que soportan. El Ministro Al-Maliki declaró que "2.3 millones de palestinos en Gaza, la mitad de ellos niños, están sitiados y bombardeados, asesinados y mutilados, hambrientos y desplazados", procedió agregando que "más de 3.5 millones de Palestinos en Cisjordania, incluido Jerusalén Este, están sujetos a la colonización de su territorio y la violencia racista que la facilita". También mencionó los 1.7 millones de Palestinos tratados como ciudadanos de segunda clase y los siete millones de refugiados Palestinos a quienes se les sigue negando el derecho al retorno. Mientras esta es la realidad con la que los Palestinos tienen que vivir, Israel les ofrece tres opciones: desplazamiento, sumisión o muerte. Agregó que la ONU prometió en su carta que todos los pueblos tienen derecho a la autodeterminación y prometió eliminar el colonialismo y el apartheid en todo el mundo. Sin embargo, los Palestinos han sido privados de este derecho durante décadas.

El Ministro de Relaciones Exteriores Palestino procedió a mostrar a la corte cinco mapas. El primero fue el mapa de la Palestina histórica - el territorio, dijo, donde el pueblo Palestino debería haber tenido derecho a decidir por sí mismo. El segundo mapa mostraba el Mapa de Partición de la ONU de 1947, que, según Al-Maliki, ignoraba los deseos de los Palestinos. El tercer mapa ilustraba que tres cuartas partes de la Palestina histórica se convirtieron en Israel de 1948 a 1967. "Desde el primer día de su ocupación, Israel comenzó a colonizar y anexar la tierra con el objetivo de hacer que su ocupación sea irreversible".

También agregó un quinto mapa que fue presentado por Netanyahu en la AGNU, describiéndolo como "el nuevo Medio Oriente". "No hay Palestina en absoluto en este mapa, solo Israel que abarca toda la tierra desde el río Jordán hasta el mar Mediterráneo", dijo Al-Maliki. "Esto muestra lo que la ocupación prolongada y continua de Palestina pretende lograr: la completa desaparición de Palestina y la destrucción del pueblo Palestino". Según Al-Maliki, las intenciones de Israel han sido inequívocamente claras y públicamente reconocidas, constituyendo graves violaciones de las normas más fundamentales del derecho internacional. Finalizó afirmando que "buscamos la paz que solo puede arraigarse en la justicia".

Determinación Legal

El segundo orador, el profesor Andreas Zimmerman, se dirigió a la corte sobre la Determinación Legal respecto a las preguntas de la Asamblea General. Como se ha señalado anteriormente, la AGNU, en virtud del Artículo 69 de su capítulo, ha presentado preguntas a la corte buscando una determinación legal con respecto al conflicto en curso entre Israel y Palestina. Estas preguntas se refieren a graves violaciones, incluidas violaciones de los derechos humanos, negación de la autodeterminación y discriminación racial. La determinación legal de la corte es esencial para abordar las consecuencias legales de estas violaciones. Zimmerman afirmó que se insta a la corte a no rechazar la opinión solicitada, ya que no hay razones convincentes para hacerlo, agregando que Israel se ha negado sistemáticamente a participar en negociaciones significativas con Palestina basadas en el derecho internacional y las resoluciones de las Naciones Unidas. A pesar de los llamados repetidos del Consejo de Seguridad a una solución conforme al derecho internacional, Israel ha mantenido su postura de tolerar sólo un estado: Israel, entre el Mar Mediterráneo y el río Jordán. Esta posición se ha reflejado en decisiones y medidas políticas concretas sobre el terreno, incluida el rechazo a intentos de negociaciones significativas.

El profesor Andreas Zimmerman afirmó que Israel viola el derecho internacional al violar la prohibición de adquirir territorio por la fuerza, practicar la discriminación racial y el apartheid, y negar a los Palestinos el derecho a la autodeterminación. Es crucial reconocer que las Naciones Unidas tienen una responsabilidad continua de resolver la cuestión de Palestina de manera satisfactoria en todos sus aspectos.

Posteriormente, el representante legal Paul Reichler tomó la palabra para abordar la legalidad de la ocupación prolongada, anexión y asentamiento de Israel en el territorio palestino ocupado. Su presentación identificó los elementos que determinan si, y en qué circunstancias, una ocupación beligerante es, o se convierte, en ilegal según el derecho internacional. También revisó la evidencia para evaluar la presencia de estos elementos. "Mostraré que, basándome en los hechos aplicables, bien establecidos y no disputados, la ocupación de 56 años de Israel en el territorio palestino es manifiesta y gravemente ilegal, y que el derecho internacional exige que se ponga fin a esta ocupación de manera completa e incondicional", afirmó.

​​Carácter Permanente de la Ocupación de Israel del Territorio Palestino

Reichler examinó la ocupación prolongada de Israel. Según el derecho internacional, la ocupación se considera una situación temporal en la que la potencia ocupante debe mantener el status quo y abstenerse de realizar cambios permanentes en el territorio. Este principio ha sido reafirmado por varias resoluciones, incluida la Resolución 77/126 de la Asamblea General. Como parte de la evidencia, afirmó que la mayoría de los estados han acordado el principio, incluida, entre otros, la declaración de Suiza que enfatiza que la ocupación es inherentemente temporal y requiere que la potencia ocupante respete la integridad territorial del territorio ocupado.

De los 35 estados y organizaciones internacionales que presentaron declaraciones escritas sobre la legalidad de la ocupación de Israel, solo dos argumentaron que la ocupación no es ilegal: Estados Unidos y Fiyi. Reichler discutió cómo Estados Unidos protege a Israel de las consecuencias legales, afirmando que "el único estado además de Fiyi que defiende a Israel es Estados Unidos". Observó que, independientemente de las acciones de Israel que violan el derecho internacional, Estados Unidos interviene consistentemente para protegerlo de rendir cuentas. Estados Unidos no argumenta que la ocupación de Israel sea legal; en cambio, sostiene que cae en un área gris donde ni es legal ni ilegal. Estados Unidos respalda esta postura afirmando que el derecho internacional humanitario, en lugar de la carta de la ONU o el derecho internacional general, gobierna exclusivamente la ocupación beligerante.

La ocupación de Israel del territorio palestino durante más de 56 años se considera ilegal debido a su carácter permanente. Israel ha establecido el control de facto sobre Cisjordania y la considera parte de su territorio soberano. La presencia de más de 700,000 colonos israelíes en el territorio ocupado, junto con declaraciones oficiales y documentos que expresan la intención de Israel de incorporar el territorio a Israel, reafirman aún más la naturaleza permanente de la ocupación. Además, el representante legal Paul Reichler subrayó que Israel ha anexado Jerusalén Este y la mantiene como su capital, lo cual contradice el derecho internacional. Además, ha facilitado el establecimiento de más de 465,000 colonos israelíes en Cisjordania, con la intención de alterar permanentemente la demografía de la región. Estas acciones violan el derecho internacional que prohíbe la adquisición de territorio por la fuerza y la transferencia de poblaciones civiles a territorios ocupados. Israel ha violado varias resoluciones, incluidas la Resolución 76/80, la Resolución 478/80 y la Resolución 2334/16. Finalizó su declaración citando al poeta palestino Mahmoud Darwish: "‘En el silencio, nos convertimos en cómplices', pero él nos aseguró que, cuando hablamos, cada palabra tiene el poder de cambiar el mundo".

La Persecución, Discriminación Racial y Apartheid de Israel contra el Pueblo Palestino

Desde la Nakba en 1948, Israel ha implementado legislación y medidas discriminatorias, creando un sistema arraigado de discriminación racial contra los palestinos. Según la siguiente ponente, la Dra. Namira Negm, la discriminación contra los palestinos es tan esencial para la ocupación prolongada de Israel como la anexión y colonización del territorio palestino. Estos aspectos son componentes entrelazados de la misma estructura opresiva. Los palestinos enfrentan niveles alarmantes de pérdidas humanas y materiales, soportando injusticias continuas. Negm resaltó que, a los ojos de Israel, los palestinos son automáticamente considerados culpables. Esta perspectiva se manifiesta en una asombrosa tasa de condena del 99 por ciento para los palestinos juzgados ante los tribunales militares israelíes. Por el contrario, los colonos raramente enfrentan enjuiciamiento por crímenes contra los palestinos, disfrutando de una impunidad absoluta. A pesar de los llamados del Consejo de Seguridad de la ONU para que Israel desarme a los colonos, su violencia persiste, a menudo apoyada por el gobierno y el ejército israelí.

‘Existe apartheid en el territorio Palestino ocupado’

Negm afirmó que las políticas y prácticas de Israel en el territorio palestino ocupado cumplen con los estándares legales para describir la situación como apartheid, enfatizando que las víctimas del apartheid en Sudáfrica, Namibia y otros países sostienen que el apartheid existe en el territorio palestino ocupado: “en primer lugar, existe la presencia de dos o más grupos raciales diferentes. En segundo lugar, se establece un régimen institucionalizado de opresión sistemática y dominación por un grupo racial sobre otro sin lugar a dudas. En tercer lugar, la comisión de actos inhumanos es endémica. Finalmente, los actos inhumanos se cometen con el propósito de mantener el régimen apartheid y, por lo tanto, mantener permanentemente la ocupación ilegal de Israel en el territorio palestino”.

Violación del Derecho a la Autodeterminación del Pueblo Palestino

El profesor Philippe Sands afirmó que hay un reconocimiento universal del derecho del pueblo palestino a la autodeterminación, ya que ningún país participante, incluido Israel, impugna este derecho bajo el derecho internacional. Sands enfatizó tres proposiciones fundamentales presentadas por el Estado de Palestina, subrayando la singularidad del pueblo palestino y su derecho a los mismos derechos que todas las demás naciones. Estos derechos incluyen el crucial derecho a la autodeterminación, que abarca la autoridad para dar forma a sus estructuras políticas, sociales y económicas dentro del marco del derecho internacional. Sands destacó que el derecho del pueblo palestino a la autodeterminación no es simplemente simbólico, sino que tiene implicaciones tangibles, incluida la soberanía sobre su tierra y recursos, protección contra la manipulación demográfica externa y la prerrogativa de determinar su estatus político y desarrollo económico.

En sus conclusiones, Sands reiteró la ilegalidad de la ocupación y solicitó su cese inmediato, incondicional y total. Afirmó que todos los estados miembros de la ONU tienen la obligación legal de poner fin a la presencia de Israel en el territorio palestino. Además, Sands subrayó la afirmación del tribunal del derecho del pueblo palestino a la autodeterminación, enfatizando que este derecho no está sujeto a negociación. A través de estas declaraciones, Sands destacó la imperiosa necesidad de mantener el derecho internacional, garantizar la justicia para el pueblo palestino y reconocer su derecho inherente a dar forma a su propio destino sin interferencia externa.

Consecuencias de las Violaciones de Israel

Los comentarios cruciales del profesor Alain Pellet se centraron en el tema de la compensación y reparaciones adeudadas a Palestina por parte de Israel, destacando la necesidad de responsabilidad y reparación por las injusticias sufridas. Pellet destacó que tanto el Consejo de Seguridad como la Asamblea General han emitido conclusiones legalmente vinculantes que afirman el derecho de Palestina a la compensación. A la luz de esto, Pellet instó a la ONU y otras partes relevantes a garantizar ciertas garantías, incluida la abstención de proporcionar cualquier apoyo militar o tecnológico que pudiera perpetuar la ocupación de Israel y su régimen discriminatorio en los territorios palestinos ocupados. Además, Pellet enfatizó la importancia de ayudar y apoyar al pueblo palestino, incluidos los refugiados afectados por las acciones recientes de Israel, como aquellos asistidos por la UNRWA. Pellet subrayó la necesidad de abstenerse de participar en relaciones económicas u otras con Israel que involucren a la población o los recursos naturales de los territorios palestinos ocupados sin el consentimiento explícito de un representante legítimo del pueblo palestino. A través de estas directivas, afirmó la imperiosa necesidad de mantener la justicia, la dignidad y la soberanía para Palestina mientras se responsabiliza a Israel por sus acciones. Concluyó afirmando: “todas estas violaciones han sido causadas por la ocupación prolongada de Palestina, que seguramente es la madre de todas sus violaciones. Su opinión, distinguidos miembros del tribunal, será una guía muy valiosa para Palestina”. 

Declaración de Clausura

Riyad Mansour, visiblemente emocionado, concluyó la primera audiencia enfatizando la profunda importancia de la determinación potencial del tribunal respecto a la ilegalidad de la ocupación y sus ramificaciones legales para poner fin inmediato a la misma, allanando así el camino hacia una paz justa y duradera. Apeló al tribunal para guiar a la comunidad internacional en el respeto al derecho internacional y poner fin a la injusticia, visualizando un futuro donde los niños palestinos sean tratados con dignidad, donde las identidades no disminuyan los derechos humanos y donde tanto palestinos como israelíes vivan sin temor a la violencia. Mansour señaló que el pueblo palestino busca únicamente el respeto por sus derechos, afirmando que el futuro de la libertad, la justicia y la paz puede comenzar en el momento presente.

Centro Internacional de Ginebra para la Justicia (GICJ) reconoce la importancia de las audiencias públicas de la CIJ en los procedimientos de asesoramiento sobre el Territorio Palestino Ocupado. Estas audiencias representan un paso crucial hacia la resolución de las violaciones continuas del derecho internacional en el TPO. GICJ insta a la CIJ a deliberar cuidadosamente la evidencia presentada, enfatizando la necesidad de una determinación clara e inequívoca sobre la ilegalidad de las acciones de Israel y las obligaciones legales de todos los estados de cumplir con el derecho internacional. Como defensores de la justicia y la responsabilidad, GICJ hace un llamado a la comunidad internacional para apoyar los esfuerzos de la CIJ en la búsqueda de una solución justa y duradera a la cuestión de Palestina que respete los derechos y la dignidad del pueblo palestino.

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